martes, 11 de mayo de 2010

SIMBOLOS DE LA UNION EUROPEA II

DIA DE EUROPA

El 9 de mayo de 1950, Robert Schuman presentó su propuesta para la creación de una Europa organizada, requisito indispensable para el mantenimiento de relaciones pacíficas.
Esta propuesta, conocida como "Declaración Schuman", se considera el germen de la creación de lo que actualmente es la Unión Europea.
El 9 de mayo se ha convertido en el símbolo europeo (Día de Europa) que, junto con la bandera, el himno, el lema y la moneda única (el euro) identifican la entidad política de la Unión Europea.. En el Día de Europa se celebran actividades y festejos que acercan a Europa a sus ciudadanos y hermanan a los distintos pueblos de la Unión.

LEMA DE LA UE

“Unida en la diversidad” es la divisa de la Unión Europea. La divisa significa que en la UE los europeos trabajan juntos en aras de la paz y la prosperidad y que las numerosas culturas, tradiciones y lenguas de Europa son un activo positivo para el continente.
Aquí reproducimos algunos carteles en las 23 lenguas de la UE en los que se utiliza la divisa.

MONEDA EUROPEA(EURO)

El euro es la moneda única europea, que entró en circulación el 1 de enero de 2002 y que ha sustituido a las antiguas monedas nacionales en 13 paises de la union europea: Alemania, Austria, Bélgica, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y Portugal.


El euro se utiliza también en Andorra, Ciudad del Vaticano(que tiene sus propias monedas de euro), Mónaco, San Marino, y en Kosovo y Montenegro en los Balcanes Occidentales.
Los billetes de euro son idénticos en todos los países, pero cada país acuña sua propias monedas, con una cara común y otra cara nacional distintiva. Todos los billetes y monedas valen para pagar en cualquier parte de la zona euro.

jueves, 6 de mayo de 2010

LAS NORMAS COMUNITARIAS

Reglamentos

Los reglamentos son normas jurídicas emanadas de las instituciones europeas que poseen efecto directo en los países miembro, y que prevalecen sobre el Derecho nacional de cada uno de ellos. Existen cuatro procedimientos para la aprobación de reglamentos. En primer lugar, el reglamento será adoptado por el Consejo a propuesta de la Comisión y con la aprobación del Parlamento.
La Comisión podrá dictar reglamentos por su iniciativa propia en los casos previstos por los Tratados, así como cuando reciba la correspondiente delegación del Consejo para tal emisión reglamentaria. Con el nacimiento del Tratado de la Unión Europea, se introducirían dos nuevos procedimientos (procedimiento de cooperación y procedimiento de codecisión) en los que el Parlamento pasa a tener un papel fundamental como colegislador, junto con el propio Consejo.

Directivas

Las directivas comunitarias son mandatos dirigidos a uno o varios países miembro, siendo competentes para su emisión el Consejo; la Comisión; y el Consejo junto con el Parlamento. Su rasgo más característico es la ausencia de eficacia directa en los Ordenamientos a los que va dirigida, necesitando de una transposición por parte del Estado miembro para que entren en vigor y hagan nacer en los ciudadanos derechos y obligaciones.
De esta manera, la directiva contiene unos objetivos que los estados habrán de cumplir usando los medios del Derecho interno, dentro del plazo indicado. Así, cuando versen sobre materias con reserva de ley, será el Parlamento Nacional el que haya de dictar una ley que haga posible cumplir lo prevista en la directiva del Parlamento Europeo. Cuando se trate de una materia de ámbito reglamentario, ésta será reglada por normas de ese rango.

Decisiones

Son normas que regulan de forma obligatoria los casos particulares. Mediante una decisión se puede exigir a un Estado miembro, institución, empresa o ciudadano comunitario que realice o se abstenga de realizar una acción, otorgarle derechos o imponerle obligaciones.

Recomendaciones y Dictámenes

El dictamen es un acto normativo de carácter no vinculante que expresa un juicio o una valoración y las recomendaciones no son de obligado cumplimiento, suele proceder de la iniciativa de una institución comunitaria y es una invitación para actuar de una determinada manera, el dictamen suele ser emitido a consecuencia de una iniciativa externa.

lunes, 26 de abril de 2010

FUNCIONES DEL PARLAMENTO



El Parlamento Europeo tiene, fundamentalmente, tres tareas: examinar y adoptar la legislación europea, aprobar el presupuesto de la UE y efectuar un control democrático de las otras instituciones, sobre todo de la Comisión. Además, el Parlamento tiene que dar el visto bueno a acuerdos internacionales importantes tales como la adhesión de nuevos Estados miembros de la UE o acuerdos de asociación y comercio entre la UE y otros países.

1) FUNCION LEGISLATIVA

La elaboración de la legislación comunitaria, normalmente reglamentos y directivas, reposa sobre el Consejo y el Parlamento, representantes respectivos del principio territorial y del principio poblacional. La Comisión, de naturaleza asimilable al concepto tradicional de poder ejecutivo, ostenta el cuasimonopolio de la iniciativa, cerrando así el conocido triángulo institucional europeo (Comisión-Consejo-Parlamento).
Sin embargo, esa exclusividad en la iniciativa legislativa se flexibiliza al permitirse que el Parlamento Europeo, por mayoría, solicite a la Comisión que presente la correspondiente propuesta; solicitud que en caso de ser denegada, habrá de acompañarse de la correspondiente motivación por parte de la Comisión.


2) FUNCION PRESUPUESTARIA

Tanto la Comisión, como el Parlamento y el Consejo, participan en la elaboración del presupuesto de la Unión Europea (alrededor de 113 mil millones de euros en 2006). La aprobación del presupuesto anual, que rige desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, se produce mediante un procedimiento legislativo especial regulado con detalle en el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El procedimiento presupuestario comienza con la elaboración de un proyecto de presupuesto por parte de la Comisión. Dicho proyecto estará estructurado en una previsión de ingresos y de gastos, y se apoyará en las previsiones que previamente hayan presentado las Instituciones (salvo el Banco Central Europeo) a la Comisión. El proyecto de presupuesto será propuesto, por la Comisión, al Consejo y al Parlamento Europeo. Tal propuesta habrá de ser realizada antes del 1 de septiembre del año que precede a la ejecución del presupuesto.


3) FUNCIÓN DE CONTROL DEMOCRÁTICO

Al Parlamento Europeo se le confían amplias funciones de control político, tanto de las instituciones, como del cumplimiento del Derecho Comunitario y el desarrollo de las distintas políticas comunitarias.
De esta manera, se permite la creación de una Comisión Temporal de Investigación que conozca de una determinada infracción del Derecho Comunitario, o de una mala aplicación de las políticas comunitarias. Así mismo, dependerá del Parlamento la figura del Defensor del Pueblo Europeo, cuyo cometido reside en la protección de las personas físicas y jurídicas pertenecientes a la Unión Europea.
No obstante, las materias más relevantes del control político del Parlamento Europeo son las relacionadas con las instituciones comunitarias, especialmente la Comisión, y en menor medida, con el Consejo, el Consejo Europeo, el Tribunal de Cuentas, o el Banco Central Europeo.
Tales poderes de control sobre las instituciones se ejercen con diversa intensidad en función de la Institución sobre la que recaiga el control, consistiendo normalmente en una obligación de intercambiar información, bien sea mediante preguntas e interpelaciones, bien sea mediante la posibilidad de que el Parlamento exprese su posición, pudiendo ser ésta vinculante o no.


domingo, 25 de abril de 2010

PARLAMENTO EUROPEO

El Parlamento Europeo es la Institución constitucional que en la Unión Europea (UE) representa directamente a los ciudadanos de la Unión. Es elegido cada cinco años mediante sufragio universal, directo y secreto por los ciudadanos europeos en las elecciones europeas. El Parlamento es considerado la "primera institución" de la Unión Europea: es mencionado en primer lugar en los tratados y su Presidente tiene preferencia protocolaria sobre todas las demás autoridades a nivel europeo. Junto con el Consejo de la Unión Europea, el PE forma parte de la rama bicameral legislativa de las instituciones de la Unión.
Desde la fundación del Parlamento en 1952, sus competencias fueron ampliadas varias veces, sobre todo a través del tratado de Maastricht en 1992 y por el reciente Tratado de Lisboa en 2007.
La sede principal del Parlamento Europeo se encuentra en la ciudad francesa de Estrasburgo.


LOS GRUPOS POLITICOS

Los diputados del Parlamento Europeo se reúnen en grupos políticos: no se agrupan por nacionalidades, sino en función de sus afinidades políticas. En el Parlamento Europeo existen en la actualidad siete grupos políticos que, en general, corresponden a los partidos políticos europeos.
Sin embargo, a menudo varios partidos europeos forman un grupo conjunto (p.ej., el grupo Verdes/ALE, compuesto por el Partido Verde Europeo y la Alianza Libre Europea, o el grupo ALDE, compuesto por el Partido Europeo Liberal Demócrata Reformista y el Partido Demócrata Europeo); en varios grupos también hay diputados sin partido.
Para formar un grupo, hacen falta al menos 25 diputados de una quinta parte de los Estados miembros. Los siete grupos actuales consisten de 757 miembros; 28 diputados no están inscritos en ningún grupo.


Grupo Ideología Año de fundación Escaños
(2009)
Grupo Partido Popular Europeo - Demócratas Europeos (PPE-DC) Conservadores - democracia cristiana, Europeísmo 1953 265
Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas Socialdemócrata, Europeísmo 1992/2009 184
Grupo de la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa (ALDE) Liberal, Centrista, Federalismo europeo 2004 84
Grupo de los Los Verdes / Alianza Libre Europea (Verdes/ALE) Ambientalista, Socialdemocracia, regionalismo, nacionalismo, Europeismo 2004 55
Grupo de Conservadores y Reformistas Europeos (GCRE) Conservadores, Euro-escépticos, Anti-federalista 2009 54
Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica (GUE-NGL) Comunista - ambientalista 1989 35
Grupo Independencia/Democracia (ID) Euro-escépticos 2004 32
No inscritos
Dado que el Parlamento Europeo, a cambio de los parlamentos nacionales, no elige a ningún gobierno, en él no hay grupos "gubernamentales" ni "de oposición". En vez de la confrontación predomina la búsqueda de consensos entre los partidos mayores, en la que tradicionalmente tienen un peso especial los dos grupos más grandes, el PPE (conservador) y el PSE (socialista). Estos dos grupos suelen compartir también el mandato quinquenario del presidente del Parlamento, de modo que durante una mitad de la legislatura el Parlamento es presidido por un socialista y durante la otra, por un miembro del PPE. Sin embargo, esta "gran coalición" no está formalizada. En el día a día, las decisiones del Parlamento Europeo se toman con mayorías variables de distintos grupos, aunque casi siempre partiendo de un compromiso entre PPE y SPE.

SEDES

El Parlamento Europeo tiene su sede en el Edificio Louise Weiss en Estrasburgo, donde se celebran los 12 períodos parciales de sesiones plenarias mensuales, incluida la sesión presupuestaria. Los períodos parciales de sesiones plenarias adicionales se celebran en Bruselas. Las comisiones del Parlamento Europeo se reunen regularmente en Bruselas, aunque también pueden reunirse en otro lugar. La Secretaría General del Parlamento Europeo y sus servicios administrativos están instalados en Luxemburgo. Este gran número de sedes es resultado del desarrollo histórico del Parlamento y ha sido repetidamente objeto de controversias a causa del elevado costo que conlleva.


martes, 20 de abril de 2010

INSTITUCIONES Y ORGANOS EUROPEOS

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

Es un organismo consultivo que representa a empresarios, sindicatos, agricultores, consumidores y otros grupos de interés que colectivamente constituyen la "sociedad civil organizada". El Comité presenta sus dictámenes y defiende sus intereses en debates con la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo.

COMITÉ DE LAS REGIONES

El Comité de las Regiones es el órgano más joven de la Unión Europea (UE) y su nacimiento refleja el fuerte deseo de los Estados miembros no sólo de respetar las identidades y prerrogativas regionales y locales, sino también de hacerlas participar en el desarrollo y ejecución de las políticas de la (UE). Por primera vez en la historia de la Unión Europea, existe la obligación legal de consultar a los representantes de las autoridades locales y regionales en una serie de asuntos que les conciernen directamente.


BANCO EUROPEO DE INVERSIONES


El BEI es un banco sin ánimo de lucro al servicio de las políticas de la UE. A diferencia de los bancos comerciales, no trabaja con cuentas bancarias personales, operaciones en mostrador ni asesoramiento sobre inversión privada. Efectúa préstamos a largo plazo para proyectos de inversión de capital (principalmente activos fijos), pero no concede subvenciones. El BEI es propiedad de los Estados miembros de la Unión Europea,que suscriben conjuntamente su capital mediante contribuciones que reflejan su peso económico en la Unión. No utiliza fondos del presupuesto de la UEsino que se financia en los mercados financieros.

FONDO EUROPEO DE INVERSIONES


El FEI proporciona capital de riesgo a pequeñas empresas (PYME), en particular a las que empiezan y a las orientadas al sector de la tecnología. También facilita garantías a instituciones financieras (como bancos) para cubrir sus préstamos a PYME. El Fondo no es una institución de préstamo y no facilita ni gestiona subvenciones a empresas, ni invierte directamente en ellas. Lo que hace es trabajar a través de bancos y otros intermediarios financieros. Para sus actividades, el FEI utiliza sus propios fondos o los facilitados por el BEI o la Unión Europea.


DEFENSOR DEL PUEBLO


Todo ciudadano de un Estado miembro, es al mismo tiempo, ciudadano nacional y europeo. En tanto que ciudadano europeo, goza de una serie de derechos, y uno de sus derechos es el de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, en el caso de que fuera víctima de un acto de mala administración de la parte de las instituciones u órganos comunitarios.


SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS


Cuando las instituciones u organismos de la UE procesan datos personales sobre una persona que pueda ser identificada, deben respetar el derecho de esa persona a la intimidad. El SEPD se asegura de que así se haga y les aconseja sobre todos los aspectos del tratamiento de los datos personales. El "tratamiento" cubre actividades tales como la recogida, el registro y el almacenamiento de la información, la recuperación para su consulta, el envío o la puesta a disposición de otras personas, así como el bloqueo, el borrado o la destrucción de datos.


lunes, 19 de abril de 2010

INSTITUCIONES Y ORGANOS EUROPEOS

PARLAMENTO EUROPEO


Elegido por sufragio universal directo, es la mayor asamblea multinacional del mundo. Es el reflejo democrático de la voluntad política de los pueblos de la Unión Europea, ya que representa a 370 millones de ciudadanos de la Unión. Sus objetivos básicos son, como los de cualquier Parlamento, aprobar leyes y controlar al poder ejecutivo. Controla y examina el desarrollo de la política económica y fiscal en la unión, además de actuar como órgano supervisor de la actuación del Banco Central europeo.


CONSEJO EUROPEO


Comúnmente conocido como el Consejo de Ministros, no tiene un equivalente en ningún lugar del mundo. En el seno del Consejo, los 15 Estados miembros legislan para la Unión, establecen sus objetivos políticos, coordinan sus políticas nacionales y resuelven las diferencias existentes entre ellos y con otras instituciones. El Consejo se encarga de la coordinación general de las actividades de la Comunidad Europea, cuyo objetivo principal es la consecución de un mercado interior y es responsable de la cooperación intergubernamental en materias de política exterior y seguridad común (PESC) y en materias de justicia y asuntos internos (JAI).



COMISIÓN EUROPEA


El papel y las responsabilidades de la Comisión Europea la sitúan en el corazón del proceso político de la Unión Europea. En algunos aspectos, actúa como el corazón de Europa, del que otras instituciones obtienen gran parte de su fuerza y objetivos. Este organismo posee competencias generales de supervisión de la política económica y fiscal, además de la capacidad de formular recomendaciones políticas.



TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNION EUROPEA


Las Comunidades Europeas son Comunidades de Derecho y la Unión, fundada en ellas, comparte esta naturaleza. La condición misma de su existencia es el reconocimiento del carácter vinculante de sus normas por parte de los Estados miembros, las instituciones y los particulares. La misión del Tribunal de Justicia consiste en proporcionar la tutela judicial necesaria para garantizar el respeto del Derecho en la interpretación y la aplicación de los Tratados, así como en todas las actividades de la UE. El Tribunal puede conocer de asuntos interpuestos por los Estados miembros, las instituciones comunitarias, los particulares y las empresas. Está formado por quince jueces y nueve abogados generales.


TRIBUNAL DE CUENTAS


Es el representante de los contribuyentes, encargado de comprobar que la Unión Europea invierte su dinero siguiendo las normas presupuestarias y para los objetivos a los que está destinado. Lleva a cabo una función fiscalizadora y consultiva, de forma independiente y autónoma, de las finanzas de la Comunidad, ante la necesidad de un control externo adecuado del presupuesto de la Unión Europea.


BANCO CENTRAL EUROPEO


La institución financiera de la Unión Europea (UE) concede préstamos a largo plazo para facilitar la realización de inversiones de capital conducentes al equilibrado desarrollo económico y la integración de la Unión. Sus principales acciones se centran en el fomento del desarrollo económico de las regiones menos favorecidas, la mejora de las infraestructuras de la Unión, la protección del medio ambiente y la calidad de vida, y el apoyo a los proyectos de la pequeña y mediana empresa.

COMITÉ DE LAS REGIONES


El Comité de las Regiones es el órgano más joven de la Unión Europea (UE) y su nacimiento refleja el fuerte deseo de los Estados miembros no sólo de respetar las identidades y prerrogativas regionales y locales, sino también de hacerlas participar en el desarrollo y ejecución de las políticas de la (UE). Por primera vez en la historia de la Unión Europea, existe la obligación legal de consultar a los representantes de las autoridades locales y regionales en una serie de asuntos que les conciernen directamente.


BANCO EUROPEO DE INVERSIONES


El BEI es un banco sin ánimo de lucro al servicio de las políticas de la UE. A diferencia de los bancos comerciales, no trabaja con cuentas bancarias personales, operaciones en mostrador ni asesoramiento sobre inversión privada. Efectúa préstamos a largo plazo para proyectos de inversión de capital (principalmente activos fijos), pero no concede subvenciones. El BEI es propiedad de los Estados miembros de la Unión Europea,que suscriben conjuntamente su capital mediante contribuciones que reflejan su peso económico en la Unión. No utiliza fondos del presupuesto de la UEsino que se financia en los mercados financieros.

FONDO EUROPEO DE INVERSIONES


El FEI proporciona capital de riesgo a pequeñas empresas (PYME), en particular a las que empiezan y a las orientadas al sector de la tecnología. También facilita garantías a instituciones financieras (como bancos) para cubrir sus préstamos a PYME. El Fondo no es una institución de préstamo y no facilita ni gestiona subvenciones a empresas, ni invierte directamente en ellas. Lo que hace es trabajar a través de bancos y otros intermediarios financieros. Para sus actividades, el FEI utiliza sus propios fondos o los facilitados por el BEI o la Unión Europea.


DEFENSOR DEL PUEBLO


Todo ciudadano de un Estado miembro, es al mismo tiempo, ciudadano nacional y europeo. En tanto que ciudadano europeo, goza de una serie de derechos, y uno de sus derechos es el de recurrir al Defensor del Pueblo Europeo, en el caso de que fuera víctima de un acto de mala administración de la parte de las instituciones u órganos comunitarios.


SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS


Cuando las instituciones u organismos de la UE procesan datos personales sobre una persona que pueda ser identificada, deben respetar el derecho de esa persona a la intimidad. El SEPD se asegura de que así se haga y les aconseja sobre todos los aspectos del tratamiento de los datos personales. El "tratamiento" cubre actividades tales como la recogida, el registro y el almacenamiento de la información, la recuperación para su consulta, el envío o la puesta a disposición de otras personas, así como el bloqueo, el borrado o la destrucción de datos.


domingo, 18 de abril de 2010

SIMBOLOS DE LA UNION EUROPEA

LA BANDERA

Esta es la bandera europea. Es el símbolo no sólo de la Unión Europea sino también de la unidad e identidad de Europa en un sentido más amplio. El círculo de estrellas doradas representa la solidaridad y la armonía entre los pueblos de Europa.

El número de estrellas no tiene nada que ver con el número de Estados miembros. Hay doce estrellas porque el número doce es tradicionalmente el símbolo de la perfección, lo completo y la unidad. Por lo tanto la bandera no cambia con las ampliaciones de la UE.

EL HIMNO

La melodía procede de la Novena Sinfonía, compuesta en 1823 por Ludwig van Beethoven. Para el último movimiento de esta sinfonía, Beethoven puso música a la "Oda a la alegría", escrita por Friedrich von Schiller.
El poema expresa la idea de Schiller (compartida por Beethoven)del género humano como hermanos. En 1972, el Consejo de Europa adoptó el tema como su himno. Se hicieron tres arreglos instrumentales: para piano solo, para instrumentos de viento y para orquesta sinfónica. Sin palabras, en el lenguaje universal de la música